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mayo 04, 2011

ESCUELA DE INTERPRETACIÓN HISTORICISTA U ORIGINALISTA.

La interpretación debe ser complementada con estudios históricos sobre el significado ORIGINAL del texto, es buscar la voluntad histórica del creador del texto. La diferencia con la escuela HISTÓRICA  es que esta última interpreta el texto según el momento histórico donde se aplica, sin importar el momento histórico donde se creó.

La palabra «historicismo» es más reciente que su contenido.

Friedrich Meinecke  (1862-1954) en su obra “El historicismo y su génesis (1936)”sugiere la aparición del término en 1879 en manos de K. Werner cuando se refirió a Giambattista B. Vico (1668-1774) y su historicismo filosófico. El concepto se afianza inicialmente como resultado de un proceso de separación entre la ciencia experimental y la escolástica (Espíritu exclusivo de escuela en las doctrinas, en los métodos o en el tecnicismo científico). Adquiere una dimensión importante, inicialmente en Alemania y luego en otros países. Wilhelm von Humboldt (1767 – 1835), Barthold Georg Niebuhr (1776-1831), y Leopold von Ranke  (1795-1886)  sentaron las bases del nuevo paradigma del conocimiento histórico. El gestor principal es Ranke, quien se vincula a la Universidad de Berlín en 1825 y es considerado el fundador del Historicismo Clásico y el “padre de la ciencia histórica”. Fue quien dotó a la historia de un “método propio”, poniendo en práctica la importancia de los documentos y una técnica en su uso que consiste en escogerlos cuidadosamente, trabajar sólo con los que pasan una serie de pruebas y atenerse a los datos obtenidos, evitando toda ayuda imaginativa que cambiara los hechos. La novedad consistió en indagar el origen, la veracidad de lo contenido en dichas fuentes y la personalidad de sus autores. Ranke piensa que la ciencia histórica debe servir para conocer los hechos y comprender sus causas. Afirma que cada período histórico supone la culminación de su tiempo. Y, acepta que el Estado es el eje conductor de la historia reciente, representa la encarnación de potencias éticas y su formación y desarrollo se asemeja al ciclo vital de los organismos vivos. Dios, Estado y Nación son fundamentos claves en la comprensión histórico-ideológica de Ranke. El primero -su fundamento teológico- convierte al Ser Supremo en el motor que articula la fragmentación de los individuos y los pueblos, así como en su referente de progreso. El segundo -El Estado- en el cual los reyes, la corte, los ministros y sus formas de organización identifican su esencia y relación con otros estados, de tal modo que la diplomacia y las guerras fundamentan varias de sus explicaciones históricas. Y, la tercera -la Nación- es vista como el componente vital e individual de cada sociedad. Es el reflejo de la actividad de los hombres que la integran y por ende identifica una política propia para cada nación.

En cambio para Jacob Burckhardt (1818-1897) el Estado, la Religión y la Cultura son las tres agencias principales a través de las cuales las sociedades se componen y se descomponen. El actor principal no era el Estado, sino la Religión y la Cultura. No obstante, el Estado viene de la antigüedad y es la cuna de las religiones. Estables en el tiempo son el Estado y la Religión, y movible es la Cultura (un ejemplo de esta puede ser la Ilustración que desconoce la naturaleza histórica de las formaciones humanes, ignorando así las condiciones particulares que determinan cada forma de vida colectiva, en contraposición al historicismo).



 E. Troeltsch plantea «la historización fundamental de todo nuestro pensar sobre el hombre, su cultura y sus valores». Esa concepción suplanta la consideración universal de la naturaleza supratemporal del hombre por el conocimiento de su individualidad concreta en la historia. Reflejándose en el  Estado, derecho, moral, religión, arte y quedando disueltos en su devenir histórico y sólo son inteligibles para nosotros como elementos de determinadas evoluciones históricas, emprendiendo el camino hacia el procedimiento individualizante de una antropología descriptiva, y abandonando el marco de la división en épocas inspiradas en la historia de la salvación, sin renunciar, no obstante, a la idea de un enlace interno entre los acontecimientos históricos y, por ende, a la posibilidad de un esclarecimiento racional de su interdependencia (individualismo y generalidad) 


BIBLIOGRAFIA



LOS MÉTODOS DE INTERPRETACIÓN, Unidad 2. Pg 49 y 50


BACCA RAMIREZ,Renzo

DRAE

http://www.terra.com.co/noticias/articulo/html/acu36332-el-congreso-analiza-adopcion-de-ninos-en-parejas-gay.htm



REPUBLICA DE COLOMBIA

RAMA JUDICIAL DEL PODEL PODER PUBLICO

HERMENEUTICA JURIDICA

ENVIGADO

SENTENCIA: 05001233100002011000801

TEMA: Matrimonio entre homosexuales.

Adopción de niños por parte de parejas

Homosexuales.                      

                                             Sala Plena



ANTECEDENTES



Debemos comparar nuestra escuela histórica con los siguientes preceptos que son: el matrimonio entre homosexuales  y la adopción por parte de estos.

Según el historicismo los textos son creados en un contexto peculiar por ende deben entenderse y practicarse en ese contexto dado.

En el historicismo prima la religión como una de las tres bases fundamentales no cambiantes, por consiguiente el matrimonio y la adopción por parte de homosexuales adecuado a esa época es rotundamente negativo. Se Estaría violentando los principios y valores implantados en la sociedad. (teoría anti formal, Luis Eduardo López Medina)

Según el historicismo debemos entender la familia como  El hombre y la mujer que han decidido vivir juntos, celebran un contrato de matrimonio, solemne si es previa ceremonia, consensual si no hay ceremonia. Se debe hacer claridad que solo la conforman hombre y mujer, no es aceptable hombre y hombre ni mujer con mujer.

La Iglesia Católica está a  favor de que las personas homosexuales registren públicamente sus amistades íntimas como uniones de hecho en el marco de la protección de la seguridad social; pero insiste que el reconocimiento de esas uniones como matrimonio va contra el bienestar público y de forma particular contra el equilibrio y el desarrollo afectivo de los hijos. Las personas homosexuales deben de ser respetadas y protegidas como personas pero su estilo de vida no debe de ser propuesto a los niños.

Que un homosexual se queje de discriminación porque no le dejan casarse con alguien del mismo sexo es como si un polígamo se queja de discriminación porque no le dejan casarse con varias mujeres. LA LEY ES IGUAL PARA TODOS.

Los griegos antiguos, entendían claramente el matrimonio como la unión estable entre un hombre y una mujer abiertos a tener hijos. Una cosa eran las prácticas sexuales de los ciudadanos y otra muy distinta la familia, pues en la historia, se ha hecho evidente que esta sociedad promovía el homosexualismo en determinadas edades.

La mayoría de asuntos legales, pueden ser regulados ante notarios, con previo acuerdo de las partes.

Legalizar el matrimonio entre homosexuales, implica otro factor determinante que la adopción de niños por parte de estas parejas, al respecto esta corte dice:

La autorización judicial de adopción de menores por parejas gay, destruye el esquema constitucional porque impide el libre desarrollo de la personalidad de los menores así adoptados, exponiéndolos a la burla de sus compañeros, al tener que presentar ante la sociedad padres del mismo sexo, los que por naturaleza están impedidos para procrear.

Esto implicaría la vulgarizar el “origen del adoptado” y consentir la extinción de la especie, si de tener en cuenta el impacto psicológico de los adoptados se tratara.

El hombre no tiene derecho a escoger sus padres naturales, pero si a escoger sus padres adoptantes, derecho que se traslada a sus legítimos representantes, no dejando de ser a pesar de ello un gran riesgo el rechazo a posteriori de estos por parte del adoptado cuando se tratare de personas adoptantes del mismo sexo, siendo entonces  el único culpable el Estado que no cumplió en forma debida con su función de tutela en el cumplimiento de los requisitos que se imponen para este caso.

La garantía constitucional que nos habla del libre desarrollo de la personalidad, cuando este desarrollo es producto de la vivencia familiar circunscrita a un solo polo (homosexual) e impuesta por el Estado, esta garantía queda obsoleta. Al igual que queda sin sentido el derecho de los niños a vivir dentro del seno de una familia, cuando estas uniones homosexuales jamás podrán ser familia en el estricto sentido de la ley constitucional.

A continuación les mostraremos algunas normas constitucionales que se verían infringidas con dicha adopción:

-“Art 44.- Son Derechos fundamentales de los niños: la vida, la integridad física, la salud y la seguridad social, la alimentación equilibrada, sus nombre y nacionalidad, tener una familia y no ser separados de ella, el cuidado y amor, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión. Serán protegidos contra toda forma de abandono, violencia física o moral, secuestro, venta, abuso sexual, explotación laboral o económica y trabajos riesgosos. Gozaran también de los demás derechos consagrados en la constitución, en las leyes y en los tratados internacionales ratificados por Colombia.

L a familia, la sociedad y el Estado tienen la obligación de asistir y proteger al niño para garantizar su desarrollo armónico e integral y el ejercicio pleno de sus derechos. Cualquier persona puede exigir de la autoridad competente su cumplimiento y la sanción de los infractores.

Los derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás.

-          Art 42: L a familia es el núcleo fundamental de la sociedad. Se constituye por vínculos naturales o jurídicos, por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por voluntad responsable de conformarla.



El estado y la sociedad garantizan la protección integral de la familia. La ley podrá determinar el patrimonio familiar inalienable e inembargable. La honra, la dignidad y la intimidad de la familia son inviolables.

L as relaciones familiares se basan en la igualdad de derechos y deberes de la pareja  y en el respeto reciproco entre todos sus integrantes. Cualquier forma de violencia en la familia se considera destructiva de su armonía y unidad, y será sancionada conforme a la ley.

Los hijos habidos en el matrimonio o fuera  de el, adoptados o procreados naturalmente o con asistencia científica, tiene iguales derechos y deberes. La ley reglamentara la progenitura responsable

La pareja tiene derecho a decidir libre y responsablemente el número de hijos, y deberá sostenerlos y educarlos mientras sean menores o impedidos….

En el caso de la adopción, el código de la infancia y la adolescencia le da supremacía absoluta a la protección integral de los niños, niñas y adolescentes, prevaleciendo el interés de los derechos de estos por encima de cualquier persona, y en este aspecto es donde se configura la familia, articulo 22 tanto es así que dentro del artículo 14 de la responsabilidad parental, se le atribuye esta obligación compartida y solidariamente al padre y a la madre, y más específicamente en el artículo 39, donde se constituyen las obligaciones de la familia en el numeral primero de la protección contra cualquier acto que amanece o vulnere su vida, su dignidad e integridad, en el numeral sexto en promover el ejercicio responsable de los derechos sexuales y reproductivos y colaborar con la escuela en la educación sobre el tema. Los anteriores configuran barreras dentro de la legalidad para que parejas del mismo sexo accedan a este beneficio de la adopción, además dentro del ordenamiento jurídico vigente en el artículo 42 la familia es el núcleo fundamental de la sociedad. por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla, lo anterior establece la conformación de la familia, entre un hombre y una mujer, no entre parejas homosexuales.

Teniendo en cuenta el fundamento en el cual se basa la escuela Historicista, se puede concluir  que es difícil – por no decir imposible-  cambiar la manera   tradicionalista y confesionalista  (para muestra de ellos obsérvese el desarrollo constitucional ) en la que es  criada un pueblo;  y este a su vez desarrolla muchos  lazos mentales  tan fuertes y arraigados a sus concepciones morales y religiosas los cuales impiden que cambien la perspectiva de ver  las cosas y aceptar los constantes cambios a los que se enfrentan la  sociedad.



RESUELVE.



PRIMERO: declarar la improcedencia del matrimonio,(entendiendo esta acepción, no como registro de sus uniones de hecho) entre las parejas del mismo sexo.

SEGUNDO: declarar la improcedencia  de la adopción de niños por parte de parejas homosexuales.

Cópiese, notifíquese, cúmplase e insértese en la Gaceta de esta corporación. 

marzo 08, 2011

Los siete saberes necesarios para la educación del futuro

 

1. Una educación que cure la ceguera del
conocimiento.

Para conocer, se deben tener errores. En la actualidad hay
gente que esta cegada a cometer errores, por lo que elevaba falsos juicios o
percepciones; se deja llevar solo por la cultura y lo que la sociedad le impone.
Estamos en una sociedad conformista. Se propone para la educación del futuro
enseñar a convivir con las ideas y no dejarse destruir por las mismas. Además de
ser capaz de criticar su conocimiento.

No existe conocimiento terminado que garantice la finalización del error y la ilusión (tomando la ilusión como el hecho imaginario que cada ser individualmente se crea y el error por los dogmas enseñados y asumidos por los sentidos, "la ilusión lleva al error"). el conocimiento está sometido al cambio social y personal. es por ello que toda ciencia parte de la afectividad. el autor trata de encontrar un sistema educativo que busque la racionalización, es el conocimiento del conocimiento

2. Una educación que garantice el
conocimiento pertinente

La educación que se debe brindar, puede ser
global, pero el principal objetivo del conocimiento es saber aplicarlo al
planteamiento y solucion de problemas.
Para ello, la inteligencia utiliza y combina todas las habilidades .

3. enseñar la condición humana.

la compleja naturaleza humana y todos sun ámbitos están separados de la educación. es menester mostrar la unión indisoluble entre el conocimiento  y la diversidad de todo lo que es humano.
el conocimiento debe ser contextualizado.
existen unas uniones que sosn
  • cerebro-mente-cultura.
  • razón-afecto-impulso
  • individuo-sociedad-especie

4. Enseñar la identidad terrenal.
Se debe enseñar todo lo refetente al planeta.
Para señalar que todos vivimos en una misma comunidad de destino.
Es necesario tener sentido de pertenencia por el planeta tierra como ultima y primera patria.
Se debe volver a unir lo disperso.


5. Enfrentar las incertidumbres.
Se deben dar a conocer los principios que permitan afrontar los riesgos, lo inesperado, lo incierto y modificar sus desarrollos en virtud de la información adquirida en el camino. Hay que preparar la mente para lo inesperado y para poder afrontarlo.
Se debe ser consciente de que el futuro es incierto. Existen acciones que desencadenan reacciones que no se pueden predecir.


6. Enseñar la comprensión
La comprensión es medio y fin de la comunicación humana. Con la comprensión se puede llegar a la paz. La comprensión se encuentra amenazada por los usos sociales, es importante el contacto intergrupal. Se puede mejorar la comprensión por:
  • La apertura empática hacia los demás.
  • Tolerancia hacia las ideas y formas diferentes.
El autor plantea que en la democracia abierta se puede realizar la comprensión a escala planetaria entre pueblos y cultura.


7. La ética del género humano
La educación se debe conducir a una antropoética (existe una gran diferencia entre ética y moral) la ética parte de la conciencia de que el humano es al mismo tiempo un individuo y a su vez parte de una sociedad.